16 septiembre 2021

MONICA EN LA NUBE! Es el sotfware ideal para su negocio; conozca más detalles

 

MONICA EN LA NUBE

ES EL SOFTWARE IDEAL PARA SU NEGOCIO

Te ofrecemos el servicio de MONICA en la Nube, ingresando desde cualquier computador que tenga acceso a Internet , La información que generas con Mónica (facturas, clientes, productos, etc.) se guardan remotamente en computadoras muy seguras y rápidas. Solo toma unos minutos configuralo en tu computador de escritorio (Windows), en tu tableta ó en tu celular (Androide / Apple ) y con la seguridad del caso. Puedes hacer estimados , consultar saldos, enviar facturas a tus clientes. etc. con tu celular , desde cualquier parte del mundo (mientras tengas internet en tu dispositivo) , con la segurigadad que te da Monica (comunicación encritada, accesos restringidos, etc ).

Por ejemplo puedes visitar a tu cliente y en su misma tienda facturarar con Monica usando tu celular y enviarle al correo electrónico de tu cliente la factura, también puedes avisar a tu almacen que revisen su computador de escritorio para que preparen el pedido que segundos antes facturaste. Todo en minutos y sin salir de la tienda del cliente. Si piensas que esta tecnología es muy costosa ó difícil de implementarlo en tu negocio, no te equivoques, porque probablemente tu compentencia ya lo esta haciendo. Revisa nuestros planes de venta, son los mas economicos del mercado, junto a ello con mas de 20 años de experiencia te garantizan un resultado de primera calidad. 

PLANES PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS COMERCIOS 

  • BÁSICO
    US $ 9 Mensual
    • 5,000 FACTURAS POR AÑO
    • 1,000 ESTIMADOS POR AÑO
    • INVENTARIO
    • -
    • -
    • -
    • PAGO ÚNICO US $ 15 (ACTIVA 1 USUARIO )
    • TECNOLOGIA SQL (MICROSOFT )
    • SOPORTE TÉCNICO POR EMAIL
    • -
    • RESPALDO DIARO (En computadores localizados en USA )
    • ENVIE FACTURAS, ESTIMADOS, ETC. POR E-MAIL
    • PUEDE USAR SU CELULAR ó COMPUTADOR DE ESCRITORIO ó  TABLETA
  • INTERMEDIO
    US $ 17 Mensual
    • 10,000 FACTURAS
    • 5,000 ESTIMADOS
    • INVENTARIO
    • CUENTAS POR COBRAR
    • -
    • -
    • PAGO ÚNICO US $ 30 (ACTIVA 1 USUARIO )
    • TECNOLOGIA  SQL (MICROSOFT)
    • SOPORTE TÉCNICO POR EMAIL
    • 1 SOPORTE REMOTO POR MES
    • RESPALDO DIARO (En computadores localizados en USA )
    • ENVIE FACTURAS, ESTIMADOS, ETC. POR EMAIL
    • PUEDE USAR SU CELULAR ó COMPUT. DE ESCRITORIO ó TABLETA

CONOCE SOBRE ALEGRA! Por qué la contabilidad en la nube

Contabilidad en la nube/https://blog.alegra.com/

A medida que avanza el tiempo, podemos ver cómo los procesos y las tareas diarias se vuelven automáticos, y la contabilidad no está exenta de esto. Un claro ejemplo es la contabilidad en la nube.

¿Qué es la contabilidad en la nube?
Cuando hablamos de contabilidad en la nube nos referimos a aquel proceso donde los datos contables se encuentran almacenados en un servidor remoto, provisto por una compañía, quien se encarga de mantener toda la información segura y alojada en la web. De esta manera, en el menor tiempo posible, puedes acceder a ella desde cualquier lugar y dispositivo con acceso a conexión de internet.

Así, las tareas y procesos de contabilidad pueden ser realizados por varias personas de un equipo al mismo momento, brindando mejor interacción entre contadores y empresarios.

Beneficios de llevar la contabilidad a través de un software en la nube
Los beneficios de implementar en tu emprendimiento o empresa un sistema de contabilidad en la nube, se resumen en la contribución a la simplificación y el rendimiento de la operatividad, por lo que podrás entender la situación financiera de tu empresa de una forma fácil.

Es decir, que al llevar toda tu contabilidad en la nube podrás comprender de manera rápida y sencilla la acción de compra, venta y el flujo de tu dinero. En resumen, tendrás más claro y presente el comportamiento financiero de tu negocio, ya seas un experto contable o no.

Además, que tú como gerente o emprendedor, puedes acceder tu información contable cuando lo desees y acceder a información puntual como:

Ganancias o pérdidas
Estado actualizado de la cartera
Liquidez necesaria para la realización de cualquier operación
Por ejemplo, desde nuestra plataforma -Alegra Contador- los contadores tienen acceso a sus información en tiempo real, conforme llevan las operaciones de sus clientes y no necesitan de un backup local, debido a que todos nuestros servidores están en la nube.

Igualmente, los contadores que trabajan con la contabilidad en la nube pueden generar reportes importantes, como balance general, impuestos y retenciones , libros contables en la nube, como Libro Diario y Libro Mayor.

Así mismo, la contabilidad online por medio de un Software de Contabilidad suele ser bastante práctica y fácil, ya que el sistema se actualiza constantemente según los requerimientos de los usuarios, simplificando y haciendo más intuitivo su uso.

Son diversas las opciones disponibles en el mercado, y algunas suelen ser más robustas que otras con base en las tareas que se busquen atender: llevar un control de la facturación, compra, inventario y contabilidad de una compañía, generación de reportes necesarios requeridos por la ley, etc. Esto es lo que permite un sistema de contabilidad en la nube a las empresas: la automatización de la gestión del negocio.

¿Por qué trabajar con un software que te ayude a llevar tu contabilidad online?
Está comprobado que al tener un software de contabilidad en la nube en tu negocio, no solo reduces y facilitas el tiempo de gestión contable, sino que puedes también obtener la información de manera rápida y ordenada, optimizando en gran medida el trabajo de los departamentos que llevan la contabilidad de tu empresa.

Además, la nube también genera ahorro, ya que requiere de menor infraestructura de almacenamiento de información, los costes de adquisición suelen ser menores y representan una oportunidad de escalabilidad.

En definitiva, la contabilidad en la nube se traduce en mejoras para el sistema de gestión de tu negocio ofreciendo precisión, agilidad y seguridad. Con el uso de un software contable la información de tu negocio siempre se mantendrá al día y podrás consultarla en tiempo real, lo que ayudará a una mejor toma decisiones estratégicas y no descuidar la salud de tus finanzas.

Ya seas emprendedor o contador, puedes hacer uso de esta herramienta con la finalidad de mejorar el rendimiento de tu organización, siempre tomando en cuenta que se adapte a tus necesidades. Si actualmente no conoces sobre el tema, pero quieres aprender sobre contabilidad en la nube, puedes consultar este artículo en donde te hablamos sobre cursos de software contables en la nube. Seguro que te dejarán el conocimiento necesario. ?

Artículos relacionados
Querido emprendedor, que la contabilidad de tu negocio no sea un miedo
Lleva tu información contable en tiempo real con Alegra
Alegra, el sistema contable líder en República Dominicana
Cuánto tiempo ahorras haciendo la contabilidad con Alegra
República Dominicana: Con Alegra ahorras tiempo creando tus formatos de envío 606 y 607
Costa Rica: Alegra no es solo facturación electrónica, conoce más sobre este sistema contable

14 septiembre 2021

JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL sobre bloqueo Comprobantes fiscales

Wanda Méndez

wanda.mendez@listindiario.com
Una empresa accionó en amparo luego que en el 2018 la DGII le bloqueara los comprobantes fiscales. 

La acción fue acogida por el TSA, que ordenó levantar esa sanción. La entidad pública impugnó el fallo ante el Constitucional, que rechazó el recurso y confirmó la sentencia. 

En las motivaciones, el TC estableció que la ley 11-92 , que instituye el Código Tributario, no prevé el bloqueo de comprobantes fiscales como sanción administrativa ante alguna falta que se impute a los contribuyentes, responsables y terceros por incumplimiento de los deberes formales. 

Recalcó el criterio de que “el principio de legalidad aplicado al régimen sancionador exige que las sanciones administrativas se encuentren tipificadas en la ley, a fin de que los sujetos obligados frente a la administración conozcan con antelación las consecuencias jurídicas de sus actuaciones por la inobservancia de las disposiciones legales que establecen deberes y obligaciones a su cargo”. (TC-0271-21).

AVISO DE LA DGII: Suspensión del Registro Nacional del Contribuyente (RNC) por incumplimiento de obligaciones tributarias

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII), en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 24 de la Norma General Núm. 04-21 sobre el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), de fecha 7 de junio de 2021, tiene a bien comunicar que se iniciará con la suspensión del RNC a los contribuyentes (tanto personas físicas como jurídicas) que no hayan realizado ninguna declaración de impuestos de los últimos veinticuatro (24) meses de manera ininterrumpida y/o que en dicho periodo no hayan realizado el pago de los impuestos no declarativos.

Los contribuyentes con su RNC en estado suspendido tendrán, entre otras, las siguientes consecuencias:

 Los impuestos no declarados o no pagados se mantendrán en estado de incumplimiento, incluyendo aquellas omisiones generadas luego de la suspensión del RNC, hasta que regularice su situación.

 Denegación de nuevos comprobantes fiscales.

 Restricción de trámites ante esta Dirección General; tales como la emisión de certificaciones, etc.

Los contribuyentes podrán reactivar su RNC, realizando la presentación y/o pago de todas las declaraciones juradas pendientes, así como, la remisión de los formatos de envío (si aplican) de los impuestos correspondientes a los últimos tres (3) años, a través de la Oficina Virtual o en la Administración Local correspondiente. La DGII no requerirá el pago de la multa para la reactivación del RNC, no obstante, podrá estar sujeto a otras sanciones por incumplimiento de los deberes formales, conforme lo establecido en los artículos 50, 253, 254, 255, 256 y 257 del Código Tributario dominicano.

Para más información el contribuyente puede visitar nuestra página web www.dgii.gov.do y redes sociales (@dgiird) o llamar al 809-689-3444, desde el interior sin cargos.

En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de agosto de 2021.

LUIS VALDEZ VERAS
Director General

13 septiembre 2021

ADMINISTRACIÓN DE AVANZADA! 15 claves del éxito de un buen gerente

Por Enrique Nuñez Montenegro/https://www.fundapymes.com/

Como empresario deseas alcanzar más ventas, más ganancias y más riqueza por medio de nuestros negocios. Para lograr esa meta tienes que un compromiso contigo mismo. ¿Cuál es? Convertirte en un administrador de tu propia empresa.

11 septiembre 2021

CONOZCA LO FUNDAMENTAL DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO: Tomado del portal de la DGII

Impuesto Selectivo al Consumo

​​​¿​Qué es el Impuesto Selectivo al C​onsumo?

Es el impuesto que grava las transferencias de algunos bienes de producción nacional a nivel de fabricación, así como su importación; servicios de telecomunicaciones y de seguros. 

  • Productos del alcohol.
  • Productos del tabaco.
  • Servicios de telecomunicaciones.
  • Seguros en general.
  • Emisión de Cheques y Transferencias Electrónicas.
Base legal: Título IV Ley 11-92 d/f 16/05/92 y sus modificaciones.  
¿Quiénes deben declarar y pagar el Impuesto Selectivo al Consumo?​
  • Las empresas que produzcan o fabriquen los bienes gravados por este impuesto. 
  • Los importadores de bienes gravados por este impuesto. 
  • Los prestadores o locadores de servicios gravados por este impuesto. 
Tasas del impuesto
La tasa por pagar del Impuesto Selectivo al Consumo dependerá del tipo de producto o servicio que se ofrezca, según se detalla a continuación:​ 
  • Para los productos del alcohol, bebidas alcohólicas y cervezas se pagará un diez por ciento (10%) concepto de Impuesto Selectivo al Consumo aplicado sobre el Precio Sugerido de Venta al Público (PVP), más el monto específico vigente. 
  • Para los productos del tabaco se pagará un veinte por ciento (20%) por concepto de Impuesto Selectivo al Consumo aplicado sobre el Precio Sugerido de Venta al Público (PVP), más el monto específico vigente según la cantidad de unidades de cigarrillos en las cajetillas. ​
  • Para los servicios de telecomunicaciones se pagará una tasa de un diez por ciento (10%) por concepto de este impuesto.
  • Para los servicios de seguros en general se pagará una tasa de dieciséis por ciento (16%) por concepto de este impuesto.
  • Por la emisión de Cheques y Transferencias Electrónicas se pagará un 0.​00​15 (1.5 por mil) sobre el valor de cada cheque pagado, así como también sobre los pagos realizados a través de transferencias electrónicas.  
 
 
Fecha de presentación y pago
Este impuesto se presenta y paga a más tardar el día veinte (20) de cada mes.
Para realizar el pago del este impuesto, los contribuyentes tienen tres opciones:
 
• Pagos en línea por internet: BDI, BHD León, Popular, Progreso, BanReservas,
 
Notas:
• Los Hidrocarburos tienen fecha límite de presentación y pago a más tardar los jueves de cada semana.
• Las operaciones financieras se presentan y ​pagan los viernes de cada semana. 
Productos del tabaco
Cuando se trate de cigarrillos que contengan tabaco, el monto del Impuesto Selectivo al Consumo específico a ser pagado por cajetilla de cigarrillos, será establecido acorde a la siguiente tabla.
 
Cuando se trate de cigarrillos que contengan tabaco, el monto del Impuesto Selectivo al Consumo específico a ser pagado por cajetilla de cigarrillos, será establecido acorde a la siguiente tabla.

 

​​Código Arancelario ​
​​Descripción
​Monto específico
​​​ ​Monto específico cajetilla 20 unidades cigarrillos
​​2402.20.10​​De tabaco negro​55.09
​​​2402.20.20​​De tabaco rubio55.09
​​2402.90.00​​​Los demás​55.09
​ ​​Monto específico cajetilla 10 unidades cigarrillos
​​2402.20.30​​De tabaco negro​27.54
​2402.20.40​​De tabaco rubio​​27.54
​2402.90.00​Los demás​​27.54

Montos específicos aplicables para el cálculo correspondiente al período comprendido del 1ro de julio al 30 de septiembre del 2021.​​

Productos del Alcohol​
​Código arancelario
​Descripción
​Monto específico
​​22.03​Cerveza de Malta (excepto extracto de malta).​​651.21
22.04​Vino de uvas frescas, incluso encabezado, mosto de uva, excepto el de la partida 20.09.​​651.21
22.05

​Vermut y demás vinos de uvas frescas preparados con sustancias aromáticas.651.21
22.06​​Las demás bebidas fermentadas (por ejemplo, sidra, perada, aguamiel; mezclas de bebidas fermentadas y bebidas no alcohólicas, no expresadas ni comprendidas en otra parte.​​​​​​ 651.21 
22.07​Alcohol etílico sin desnaturalizar con un grado alcohólico ​volumétrico superior o igual al 80% vol.: alcohol etílico y aguardiente desnaturalizados, de cualquier graduación.651.21
22.08​Alcohol etílico sin desnaturalizar con un grado alcohólico volumétrico inferior al 80% vol., demás bebidas espirituosas, preparaciones alcohólicas compuestas del tipo de las utilizadas para la elaboración de bebidas​651.21
2208.20.30

2208.20.91

2208.20.92
Aguardiente de vino, de alta graduación alcohólica para la obtención de brandys.
 
Aguardiente de vino (por ejemplo: coñac y otros brandys de vino). 
 
Aguardiente de orujo de uva (por ejemplo «grappa»).​​​


 651.21 
2208.30.10


2208.30.20
2208.30.30


2208.30.90
Whisky de alta graduación alcohólica (por ejemplo: alcoholes de malta), para elaboración de mezclas ("blends") Whisky
 
lrish and Scotch Whisky.​
 
Whisky escocés en botella, de contenido neto inferior o igual a 700ml que no exceda en valor a una libra esterlina (1£)
 
Los demás Whisky.​




651.21

2208.40.11





2208.40.12





2208.40.1​9
Ron y demás aguardientes procedentes de la destilación, previa fermentación, de productos de la caña de azúcar en envase de contenido neto inferior o igual a 5 litros, con grado alcohólico vol. inferior o igual a 45°, incluso envejecido. 
 
Ron y demás aguardientes procedentes de la destilación, previa fermentación, de productos de la caña de azúcar en envases de contenido neto superior a 5 litros, con grado alcohólico vol. superior a 45° pero inferior o igual a 80° vol., envejecido. 
 
Los demás.​​





651.21
​​2208.50.00​Gin y Ginebra.​651.21
​2208.60.00​​Vodka651.21
2208.70.10
2208.70.20
2208.70.90
Licor de anís. 
 
Licor de cremas. 
 
Los demás licores​

651.21
​​
2208.90.10
 
 
2208.90.41
 
2208.90.42
 
2208.90.43
 
2208.90.49
 
2208.90.90​
Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico vol. Inferior a 80%.
 
De Ágave. 
 
De anís. 
 
De uva (por ejemplo: pisco). 
 
Los demás. 
 
Los demás.​





651.21​

Los montos específicos aplicables para el cálculo del Impuesto Selectivo al Consumo para el peri​odo comprendido del 1ro de julio al 30 de septiembre del 2021​.​​

​​​​Nota: en el caso de las destilerías, el Impuesto Selectivo al Consumo (10%) se determina incrementando el precio de lista del fabricante en un 30% antes de este impuesto, sin incluir bonificación o descuentos. ​
Notas:​
 
  • Cuando se trate de productos del alcohol, ​bebidas alcohólicas y cervezas, los mont​​​os del impuesto selectivo serán pagados por litro ​de alcohol (absoluto). ​
  • Los montos aplicados a los cigarrillos toman como referencia una inflación proyectada de 5%, si para alguno de los años del periodo de ajuste, la inflación publicada por el Banco Central fuese superior, el monto de impuestos será ajustado por la diferencia entre la inflación proyectada y la efectiva.
  • ​Los montos específicos para los productos de​l alcohol y del tabaco serán ajustados trimestralmente de acuerdo al índice de inflación publicado por el Banco Central. 
 
 

CONOZCA LO FUNDAMENTAL DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO (IPI): Extraído del portal de la DGII

 

Impuesto Patrimonio Inmobiliario (IPI)

​​​​​​​¿Qué es el imp​uesto al Patrimonio Inmobiliario?

Es un impuesto anual que se aplica sobre la suma total del patrimonio inmobiliario gravado que tienen registrados las personas físicas y Fideicomisos. 

¿Quiénes están sujetos al pago de este impuesto? 
  • Personas físicas y Fideicomisos 
Tasas a pagar 
  • Personas físicas: se aplica una tasa de 1% sobre el valor excedente de (RD$8,138,353.26) del patrimonio gravado. 
  • Fideicomisos: el 1% sobre el valor total  del patrimonio gravado.​

Este  impuesto se paga en dos (2) cuotas semestrales, siendo la fecha límite para el pago de la primera cuota el 11 de marzo y la segunda el 11 de septiembre de cada año.​ 

¿Qué es un patrimonio gravado? 
  • Los inmuebles que no gozan de ninguna exención y a la vez poseen un valor conjunto superior a (RD$8,138,353.26).
  • Para los fideicomisos cualquier inmueble que no goce de una exención independientemente de su valor. 
Fecha de Presentación y Pago 
La Declaración Jurada del Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) debe ser presentada durante los primeros sesenta (60) días del año.
 
El pago debe ser realizado en dos cuotas:
 
  • La primera cuota debe ser pagada el 11​ de marzo.
  • La segunda cuota debe ser pagada el 11 de septiembre. 
¿Cuáles inmuebles pueden ser alcanzados por este impuesto? 
  • Todas las viviendas.
  • Solares urbanos.
  • Inmuebles destinados a actividades comerciales, industriales y profesionales. 
Exenciones 
Se encuentran exentos del pago de este impuesto: 
  1. La vivienda (y el solar sobre el cual se encuentra edificada) perteneciente a personas mayores de 65 años de edad, siempre y este constituya el único patrimonio inmobiliario de su propietario.​
  2. Personas pensionistas y rentistas de fuente extranjera en un 50%.
  3. Los terrenos rurales.
  4. Mejoras de uso agropecuario ubicados sobre terrenos rurales.
  5. Inmuebles exentos por leyes especiales (ej. Ley 15​8-01). 
  6. Todos los inmuebles alcanzados, cuyo valor conjunto sea igual o inferior a RD$8,138,353.26.​

CONOZCA LO FUNDAMENTAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA: Extraído del portal de la DGII

 

Impuesto sobre la Renta

​​​¿Qué es el Impuesto sobre la Renta?

Es el impuesto que grava toda renta, ingreso, utilidad o beneficio, obtenido por personas físicas, sociedades y sucesiones indivisas, en un período fiscal determinado. Base Legal: Título II Ley 11-92 d/f 16/05/1992 y sus modificaciones.

¿Quiénes pagan este impuesto? 
Toda persona natural o jurídica residente en la República Dominicana y las sucesiones indivisas de causantes con domicilio en el país, pagará el impuesto sobre sus rentas de fuente dominicana, y de fuentes fuera de la República Dominicana provenientes de inversiones y ganancias financieras. 
Agentes de Retención 
Son agentes de retención las entidades públicas, comerciales, sociedades y otras, que por mandato de la Ley, deberán descontar del monto a pagar a las personas físicas o naturales y sucesiones indivisas, la cantidad del impuesto correspondiente, debiendo entregarlo a la administración tributaria dentro del plazo establecido.
 
La fecha límite para presentación y pago de este impuesto es dentro de los diez (10) días después del cierre del período declarado. 
¿Quiénes están exentos del ISR? 
Entre otras, están exentas las rentas del Estado, del Distrito Nacional, municipios, distritos municipales, cámaras de comercio y producción, instituciones religiosas, entidades civiles de asistencia social, caridad, beneficencia, centros sociales, literarios, artísticos, políticos, gremiales, científicos y asociaciones deportivas, siempre y cuando estas asociaciones no persigan fines de lucro. 
Tasa del impuesto 
L​a tasa del Impuesto Sobre la Renta que deben pagar las Personas Jurídicas es de un 27%.
 
Las personas naturales residentes o domiciliadas en el país pagarán sobre la renta neta gravable del ejercicio fiscal, las sumas que resulten de aplicar en forma progresiva la siguiente escala correspondiente a: 
Escala retención asalariados 2021​
​Escala anual
​Tasa
​Rentas hasta RD$416,220.00​​Exent​o
​Rentas desde RD$416,220.01 hasta RD$624,329.00​15% del excedente de RD$416,220.01
​Rentas desde RD$624,329.01 hasta RD$867,123.00​RD$31,216.00 más el 20% del excedente de RD$624,329.01
​Rentas desde  RD$867,123.01 en adelante​RD$79,776.00 más el 25% del excedente de RD$867,123.01
​​​​​​
 
Fecha de presentación y pago 

Persona física

La fecha límite para la presentación y pago de la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta para Personas Físicas IR-1 es hasta el día 31 de marzo de cada año. Si la fecha límite de pago coincide con fines de semana o días feriados puede realizar el pago el próximo día laborable. 
Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2)  
La Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2) debe ser presentada a más tardar 120 días después de la​ fecha de cierre de la empresa tal y como se detalla a continuación: 
 
  • Fecha de cierre 31 de diciembre: 30​ de abril del 2021.​
  • Fecha de cierre al 31 de marzo: 29 de julio del 2021.
  • Fecha de cierre al 30 de junio: 28 de octubre del 2021.
  • Fecha de cierre 30 de septiembre: 28 de enero del 2022.
 
Consideraciones Importantes: El impuesto que resulte a pagar debe ser saldado en esa misma fecha. 
Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre los Activos (ACT). 
La Declaración Jurada del Impuesto a los Activos debe ser presentada en la misma fecha límite que la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el impuesto que resulte a pagar debe ser saldado en dos cuotas iguales, venciendo la primera en la misma fecha límite fijada para el pago del ISR y la segunda en un plazo de seis (6) meses contados a partir del vencimiento de la primera cuota, como se muestra a continuación:
 
Primera Cuota: 
 
  • Fecha de cierre 31 de diciembre: a más tardar el 30 de abril del 2021.​
  • Fecha de cierre al 31 de marzo: a más tardar el 29 de julio del 2021.
  • Fecha de cierre al 30 de junio: a más tar​dar el 28 de octubre del 2021.
  • Fecha de cierre 30 de septiembre: a más tardar el 28 de enero del 2022.  
Segunda Cuota: 
 
  • Fecha de cierre 31 de marzo: a más tardar el 29 de enero del 2021.​
  • Fecha de cierre al 30 de junio: a más tardar el 28 de abril del 2021.
  • Fecha de cierre al 30 de septiembre: a más tardar el 28 de julio del 2021.
  • Fecha de cierre 31 de diciembre: a más tardar el 1 de noviembre 2021. 
Nota: Cuando la Administración Tributaria prorrogue la fecha de presentación y pago del Impuesto Sobre la Renta, automáticamente se considerará prorrogado este impuesto por igual plazo.

CONOZCA LO FUNDAMENTAL SOBRE EL ITBIS: Extraído del portal de la DGII

Principales Impuestos

​​​​​​​​​​​​Los Impuestos son obligaciones unilaterales dispuestas por una ley, cuyo cumplimiento no origina una retribución directa a favor del contribuyente por parte del Estado, sino que mediante acciones del mismo, recae de una forma u otra en beneficio general. ​
Las tasas son tributos establecidos por la ley, cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva de un servicio público individualizado en el contribuyente.​

ITBIS

​​​​​​¿Qué es el ITBIS?
Es un impuesto general al consumo tipo valor agregado que se aplica a la transferencia e importación de bienes industrializados, así como a la prestación de servicios. En otros países este impuesto es llamado Impuesto al Valor Agregado (IVA). 
¿Quiénes pagan este impuesto? 
Las personas físicas (profesionales liberales, negocios de único dueño) y personas jurídicas (SRL, EIRL y no lucrativas privadas), nacionales o extranjeras que realicen transferencias, importaciones o prestación de servicios gravados.
 
Las empresas públicas y privadas que realicen o no actividades gravadas, y estén en la obligación de realizar retenciones al ITBIS involucrado en los servicios que les son prestados por personas físicas, así como cuando paguen las prestaciones de servicios profesionales liberales y de alquiler de bienes muebles a otras sociedades con carácter lucrativo o no.  
¿Hay alguna exención para el pago de este impuesto?

Bienes y productos exentos​​:

  • Animales vivos.
  • Carnes frescas, refrigeradas y congeladas.
  • Pescado de consumo popular o reproducción.
  • Lácteos (excepto yogurt y mantequilla).
  • Leche y miel.
  • Otros productos de origen animal.
  • Plantas para siembra.
  • Legumbres, hortalizas, tubérculos sin procesar de consumo masivo.
  • Frutas sin procesar, de consumo masivo.
  • Café sin tostar, sin descafeinar, cáscara y cascarilla de café.
  • Cereales, harinas, granos trabajados.
  • Productos de molinería.
  • Semillas oleaginosas y otras semillas (para grasas, siembra o alimentos animales).
  • Embutidos.
  • Cacao en grano, entero o partido, crudo o tostado.
  • Cáscara, películas y demás residuos de cacao. 
Se encuentran exentos del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), los siguientes servicios: 
  • Servicios financieros, incluyendo seguros.
  • Servicios de planes de pensiones y jubilaciones.
  • Servicios de transporte terrestre de personas y de carga.
  • Servicios de electricidad, agua y recogida de basura.
  • Servicios de alquiler de viviendas.
  • Servicios de salud.
  • Servicios educativos y culturales.
  • Servicios funerarios.
  • Servicios de salones de belleza y peluquerías. 
Consideraciones Importantes 
Los gimnasios están considerados como servicios preventivos de salud y por tanto exentos de la aplicación y pago del ITBIS.
Los servicios odontológicos también son considerados como servicios de salud y por tanto están exentos de la aplicación y pago del ITBIS.
 
Se consideran servicios funerarios los pagos por servicios de traslado, preparación, velatorio, enterramiento y exhumación del fallecido, así como las ceremonias religiosas, incluyendo el suministro de ataúdes.
 
No se considera vivienda y por tanto queda gravado el alquiler de fincas, terrenos, industrias, barcos, aviones, villas, apartamentos turísticos, locales o estructuras físicas para el uso distinto de viviendas, tales como locales comerciales o naves industriales, incluyendo lugares donde operan comercios, negocios, oficinas, consultorios, hospitales, colegios, centros educativos o de recreación, hoteles, aparta-hoteles, moteles y otras estructuras que no sean viviendas.
 
Los espectáculos artísticos, ya sean clásicos o populares y las presentaciones de artistas, músicos, obras teatrales, ballets y títeres se encuentran exentos del ITBIS en virtud del Decreto 274-01, artículo 2.
Tasa del Impuesto
 
En cumplimiento con lo establecido en los párrafos I y II del art. 23 de la Ley 253-12, se informa a los contribuyentes que la tasa del ITBIS a aplicar a las transferencia de bienes gravadas y/o prestación de servicios a partir del 2016 será del 18%. 
Fecha de presentación y pago

La declaración y pago de este impuesto deberá realizarse en el transcurso de los primeros 20 días del mes siguiente al período declarado (por ej.: el mes de enero debe presentarse y pagarse antes del 20 de febrero). En la importación se paga conjuntamente con los aranceles o impuestos aduaneros.

¿Qué pasa si pago después de la fecha establecida? 
Si paga después de la fecha límite se le aplicará un 10% de recargo por mora sobre el valor del impuesto por el primer mes o fracción de mes, y un 4% progresivo e indefinido por cada mes o fracción de mes subsiguiente, además de un 1.10% acumulativo de interés indemnizatorio por cada mes o fracción de mes.
 
Nota: El incumplimiento de los deberes formales, tales como la no presentación de la Declaración Jurada, suministrar información falsa o inexacta, entre otros, se penaliza con multas de cinco (5) a treinta (30) salarios mínimos.
 
 

10 septiembre 2021

CONTADORES ACTUALIZADOS! Ventajas de la contabilidad y facturación en la nube. 10 beneficios de los softwares en la nube

Tomado de https://www2.deloitte.com/

10 beneficios de los softwares en la nube
La contabilidad es una función imprescindible en cualquier empresa. La falta de preparación, seguimiento y control de las diferentes partidas contables y libros obligatorios, puede acarrear sanciones por parte de Hacienda y generar desconocimiento sobre la salud financiera de tu negocio.

Guardar para más adelante
Detallar toda la actividad económica de una empresa de forma manual, volcando cada movimiento en su correspondiente libro de registro, es una tarea tediosa, poco práctica y que suele llevar a errores en el cumplimiento de los requerimientos legales y tributarios. Esto, unido a la inmediatez de los nuevos procedimientos para enviar información a la Agencia Tributaria, hacen casi imprescindible la utilización de un software contable y de facturación para la gestión de tu empresa.

Ahora bien, ¿software contable on-premise o en la nube? Los primeros son aquellos que se instalan en los equipos de las organizaciones, para lo cual es necesario una infraestructura tecnológica donde alojar toda la información. Dicha instalación local requiere de una supervisión experta, un mantenimiento, un sistema de seguridad y en ocasiones un hardware adicional. Además, el acceso a estos sistemas internos está limitado y sujeto a permisos para conectarse en remoto.

Tradicionalmente, este modelo on-premise ha sido uno de los más extendidos, principalmente entre grandes empresas, ya que era considerado el método más seguro y con el que se ejercía un mayor control sobre la información. Sin embargo, los continuos avances en los sistemas cloud en materia de seguridad y aumento de la productividad, han hecho que muchas organizaciones migren a un software de contabilidad y facturación en la nube, desestimando la gran inversión inicial y de mantenimiento que conlleva tenerlo alojado en las instalaciones corporativas y evitando las restricciones en materia de movilidad y accesibildiad que ello impone.

Por su parte, los softwares financieros en la nube son aquellos que te permiten almacenar, acceder y gestionar tus aplicaciones a través de internet, eliminando la necesidad de usar un hard drive instalado en tu ordenador o un servidor local. Estos programas en la nube están suponiendo una autentica revolución en el sector por su gran versatilidad y sus numerosos beneficios.

10 beneficios de un software contable y de facturación en la nube
Mayor accesibilidad. Podrás acceder a toda la información financiera de tu empresa desde cualquier lugar y dispositivo, sin necesidad de estar limitado a un espacio físico o estar conectado en remoto.

Seguridad. Los avances en los sistemas de seguridad en la nube hacen que apenas haya diferencias significantes frente a un software on-premise. Además, estarás protegido ante un posible fallo de los servidores locales o ante un desastre en el edificio donde se alojan. Los costes corren a cargo del proveedor, quien además se encargará de hacer las copias de seguridad periódicas.

Actualizaciones de software. Muchas organizaciones que utilizan una modalidad on-premise optan por no actualizar la versión de su software debido al trabajo que ello conlleva, especialmente como consecuencia de las personalizaciones, la configuración y las preferencias internas. En este sentido, los sistemas en la nube se mantienen constantemente actualizados, de forma simultanea para todas las soluciones y siempre a cargo del proveedor.

Facilidad de implantación. Los softwares cloud reducen los tiempos de instalación y abaratan los costes asociados. Además, ofrecen una mayor compatibilidad con el resto de sistemas de las organizaciones.

Se reducen los gastos de instalación y mantenimiento. Los sistemas on-premise suponen una fuerte inversión inicial en infraestructura tecnológica, licencias de software, integraciones y la contratación de perfiles especializados para su instalación y mantenimiento. Por su parte, los gastos iniciales de un software de contabilidad en la nube son mucho más bajos y es el proveedor quien se encarga de la mayor parte de la instalación y del mantenimiento del mismo.

Visualización en tiempo real de la información financiera de tu negocio. Los programas financieros en la nube te permitirán personalizar y visualizar tus principales indicadores de rendimiento en tiempo real y a través de dispositivos móviles, lo que te permitirá agilizar y mejorar la toma de decisiones.

Mayor adaptación y actualizaciones más rápidas a los cambios normativos. Los softwares contables en la nube incorporan funcionalidades para adaptarse a los cambios normativos, tales como el Suministro Inmediato de Información.

Ahorro de tiempo y reducción de errores. Con un software de contabilidad en la nube podrás acceder a todo tipo de informes de manera automática. La utilización de workflows y la automatización de acciones supone la introducción de controles y la reducción de errores humanos en el área contable.

Espacio colaborativo virtual. Algunas soluciones en la nube ponen además a tu disposición un espacio para favorecer la interacción entre el cliente y el equipo asesor y compartir procesos y flujos de trabajo, facilitando la resolución de problemas y el intercambio seguro de información.

Todo en una misma plataforma. Gestiona tus ventas, compras, cobros, pagos, inventario, contabilidad, impuestos y consolidación, entre otras funcionalidades, desde un único lugar.
Si estás buscando un software de contabilidad y facturación en la nube, descubre Business Digital Hub. Nuestros expertos te formarán para que puedas sacar el máximo partido a la herramienta y hacer crecer tu negocio.

08 septiembre 2021

EXCELENTE PONENCIA! Gonzalo Alonso dibuja un futuro inmediato impactante en Claro Meetup

Por Alfonso Quiñones -https://notaclave.com/

Gonzalo Alonso, un expositor brillante con ideas impactantes sobre el presente y el futuro. El experto mexicano Gonzalo Alonso, es un charlista internacional que fue el plato fuerte de Claro Meetup.

APRENDERLO TODO! Cómo llevar la contabilidad de su panadería o repostería

Pastelería One /Tomado de https://proingra.com/

Sin importar el tamaño de su negocio, grande, mediano o pequeño, llevar un control contable de las operaciones comerciales es fundamental para promover la toma de decisiones acertadas y poner en marcha acciones de mejora.

Cuando se desconoce la información financiera, no se tiene una visión clara y objetiva sobre la estabilidad y solvencia de una compañía, y por ende, se desconoce su rentabilidad (si está generando ganancias o pérdidas). Todo esto impide medir la trayectoria financiera y determinar estrategias con visión hacia el futuro.

¿Por qué es importante un buen manejo de las finanzas?
El buen manejo de las finanzas es un requisito básico para formalizar un negocio. No es posible determinar el éxito de una panadería o pastelería, si no se lleva un control sobre su facturación, flujo de dinero, impuestos, entre otros.

Entendemos que la contabilidad puede ser tediosa si se desconoce cómo llevarla; sin embargo, tener una contabilidad adecuada vale la pena, pues cuanto más completos y precisos sean los registros, mayor facilidad habrá para analizar las tendencias comerciales y obtener información clave para mejorar. Adicionalmente, una buena contabilidad facilita la administración de los pagos de impuestos y devoluciones.

Cabe resaltar que realizar la contabilidad de su panadería o pastelería -o de cualquier negocio- permite llevar un control preciso de los ingresos y egresos. Así mismo, a mediano y largo plazo, permite planear estrategias de crecimiento basadas en los ingresos o en las inversiones que se vayan consolidando.

7 beneficios de llevar correctamente la contabilidad de su negocio
Saber los ingresos del negocio: llevar una buena contabilidad permite identificar el estado real de las ventas diarias.


Conocer los gastos u obligaciones del negocio (egresos), tales como compras a proveedores, salarios de los empleados, arriendo y servicios públicos, entre otros.


Realizar el balance general entre ingresos y egresos: facilitará Saber los ingresos del negocio conocer la situación financiera del negocio.


Administrar correctamente el inventario de productos e insumos que tiene en su negocio.


Controlar los gastos del personal y servicios que son necesarios para la operación del negocio.


Prever imprevistos financieros que se presenten durante la operación del negocio.


Optimizar el uso de materias primas y recursos necesarios para la producción de sus productos.


Consejos para llevar una contabilidad adecuada
Mientras algunos negocios prefieren llevar la contabilidad de manera tradicional, es decir, en cuadernos o carpetas, otros prefieren utilizar plataformas o sistemas especializados que procesan y articulan la información contable y fiscal del negocio, manteniendo los datos actualizados en todo momento. ¿Cómo llevar su contabilidad? Siga leyendo…

Para llevar correctamente la contabilidad de su panadería o pastelería, es necesario contar con un profesional que asesore su negocio; sin embargo, si no cuenta con los recursos suficientes para contratar un contador, a continuación le mostraremos consejos útiles para cuidar sus finanzas sin invertir mucho dinero:

Digitalizar las operaciones contables: adquirir un software contable ayuda a reducir errores en la introducción de datos de ventas, ingresos, inventarios y gastos. De igual manera, permite consolidar la información en un solo sistema que se puede consultar en cualquier lugar y momento, sin temor a perder la información, pues todos los datos se almacenan en la nube.


Organizar las facturas según su tipo: tener las facturas en orden facilita su consulta (sea por fecha o número) y sirve para tener un mejor control de las ventas y de los gastos. Sin embargo, además de un registro físico, se recomienda digitalizar las facturas con el fin de tener perdurabilidad del registro.


Revisar la exactitud de la información: la información debe coincidir con el dinero de los ingresos y egresos en las cuentas de la panadería o pastelería. Revisar esta información de manera constante facilitará, tanto la detección de errores a tiempo, como la declaración de impuestos ante la DIAN al final de cada periodo fiscal.


Registrar los pagos de nómina: administrar la nómina y registrar los pagos de salarios, permite llevar un mejor control del negocio. En este punto es importante mencionar que también se deben registrar las retenciones de seguridad social en los tiempos establecidos.


Llevar una contabilidad diaria: registrar todos sus ingresos y egresos de manera diaria, comparando al final de cada jornada los registros con el estado real del negocio, permite detectar a tiempo cualquier vacío o irregularidad.


Determinar un responsable para llevar la contabilidad: evite que su contabilidad sea llevada por varias personas, pues esto puede acarrear grandes confusiones e incluso pérdidas. Por esto, le recomendamos tener solo un encargado en caja y solo un encargado en registro de facturas entrantes y salientes.


Conocer las obligaciones fiscales: desconocer algunas obligaciones en materia de impuestos es uno de los principales problemas de los pequeños negocios. El problema es que el desconocimiento puede incurrir en multas e incluso en sanciones administrativas; por esto, es importante indagar e investigar acerca de los impuestos que se deben pagar, teniendo claro las fechas y los valores.


Adelantarse a los imprevistos: al llevar una contabilidad ordenada y precisa, no olvide incluir siempre recursos que le permitan minimizar los efectos de posibles imprevistos, tanto de su negocio, como del entorno.


Finalmente, revise los indicadores cada determinado tiempo, con el fin de conocer la situación del negocio y tomar decisiones correctas.

06 septiembre 2021

CONOZCA LOS ASPECTOS FUNDAMENTALES! Seguro de Riesgos Laborales en República Dominicana

Seguro de Riesgos Laborales

¿Qué es el seguro de Riesgos Laborales?

El seguro de riesgos laborales está destinado a la prevención y protección de accidente y/o enfermedades ocasionadas por su lugar de trabajo. Comprende toda lesión corporal y estado delicado que el trabajador sufra como consecuencia de su trabajo.

Riesgos que cubre el Seguro de Riesgos Laborales

El seguro de Riesgos Labores cubre toda lesión corporal o estado de gravedad sufrido durante el tiempo y en el lugar del trabajo;

Los accidentes de tránsito (AT) ocurridos a consecuencia de tareas encomendadas por el empleador, aún distintas a la profesión u ocupación del trabajador;

Accidentes en actos de salvamentos, cuando tengan conexión con el trabajo;

Accidentes de tránsito y en trayecto dentro de la ruta y horario de trabajo; y

Enfermedades profesionales cuya causa directa provenga de la profesión o el trabajo que realiza la persona.

Beneficios del Seguro de Riesgos Laborales.

Accidente en Trayecto

Es el accidente de tránsito que sufre el trabajador en su ruta habitual al trabajo y viceversa.

Para calificar un accidente en Trayecto como un accidente de trabajo y obtener el derecho a las prestaciones del Seguro de riesgos Laborales, debe reunirse las siguientes condiciones:

Que el accidente ocurra en la ruta y horario habitual hacia y desde el centro de trabajo, o viceversa, sin importar el medio de trasporte;
Que no haya interrupciones y/o desviaciones voluntarias evitables e innecesario que rompan el nexo causal, considerando como in-itinere los siguientes:

Domicilio-Trabajo-Domicilio;
Domicilio-Trabajo-Domicilio Secundario;
Trabajo-Trabajo;
Trabajo-Comedor –Trabajo;
Domicilio-Guardería/Colegio-Trabajo-Viceversa; y
Trabajo-Centro de Estudio. Siempre que el trabajador haya notificado al empleador que está estudiando y aporte los documentos probatorios

3. Que ocurra fuera del horario de entrada y salida por encomienda expresa del empleador.

Prestaciones del Seguro de Riesgos Laborales

Existen dos tipos de prestaciones, las prestaciones en especie y en dinero, las prestaciones en especies son todos los servicios médicos (Atención médica, quirúrgica, hospitalización, farmacéutica, servicios odontológicos y servicios de rehabilitación y prótesis, anteojos y aparatos ortopédicos junto a su reparación) que recibe la persona a consecuencia de una enfermedad o accidente laboral.

Las prestaciones en dinero son los beneficios que recibe el afiliado afectado tales como Subsidio por discapacidad temporal, indemnización por discapacidad, pensión por discapacidad; y pensión por sobrevivencia.

Procedimiento para obtener los beneficios en el Seguro de Riesgos Laborales

El empleador es quien debe tramitar la solicitud de los beneficios del SRL por ante la IDOPPRIL, depositando los siguientes documentos:

Llenar el formulario ATR-2 para accidentes laborales

Llenar el formulario EPR – 1 para enfermedades profesionales

Certificado médico original o historial clínico.

Fotocopia de cédula de identidad y electoral.

Si el afiliado tuvo un accidente en trayecto al trabajo o de camino a su casa debe de presentar acta policial

PORTADA PRINCIPAL

JURAMENTAN Consejo de Desarrollo Provincial de Bahoruco

  Neyba.- En un encuentro que contó con la presencia del Viceministro de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Regional del Ministerio de Ec...