11 septiembre 2021

CONOZCA LO FUNDAMENTAL DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO: Tomado del portal de la DGII

Impuesto Selectivo al Consumo

​​​¿​Qué es el Impuesto Selectivo al C​onsumo?

Es el impuesto que grava las transferencias de algunos bienes de producción nacional a nivel de fabricación, así como su importación; servicios de telecomunicaciones y de seguros. 

  • Productos del alcohol.
  • Productos del tabaco.
  • Servicios de telecomunicaciones.
  • Seguros en general.
  • Emisión de Cheques y Transferencias Electrónicas.
Base legal: Título IV Ley 11-92 d/f 16/05/92 y sus modificaciones.  
¿Quiénes deben declarar y pagar el Impuesto Selectivo al Consumo?​
  • Las empresas que produzcan o fabriquen los bienes gravados por este impuesto. 
  • Los importadores de bienes gravados por este impuesto. 
  • Los prestadores o locadores de servicios gravados por este impuesto. 
Tasas del impuesto
La tasa por pagar del Impuesto Selectivo al Consumo dependerá del tipo de producto o servicio que se ofrezca, según se detalla a continuación:​ 
  • Para los productos del alcohol, bebidas alcohólicas y cervezas se pagará un diez por ciento (10%) concepto de Impuesto Selectivo al Consumo aplicado sobre el Precio Sugerido de Venta al Público (PVP), más el monto específico vigente. 
  • Para los productos del tabaco se pagará un veinte por ciento (20%) por concepto de Impuesto Selectivo al Consumo aplicado sobre el Precio Sugerido de Venta al Público (PVP), más el monto específico vigente según la cantidad de unidades de cigarrillos en las cajetillas. ​
  • Para los servicios de telecomunicaciones se pagará una tasa de un diez por ciento (10%) por concepto de este impuesto.
  • Para los servicios de seguros en general se pagará una tasa de dieciséis por ciento (16%) por concepto de este impuesto.
  • Por la emisión de Cheques y Transferencias Electrónicas se pagará un 0.​00​15 (1.5 por mil) sobre el valor de cada cheque pagado, así como también sobre los pagos realizados a través de transferencias electrónicas.  
 
 
Fecha de presentación y pago
Este impuesto se presenta y paga a más tardar el día veinte (20) de cada mes.
Para realizar el pago del este impuesto, los contribuyentes tienen tres opciones:
 
• Pagos en línea por internet: BDI, BHD León, Popular, Progreso, BanReservas,
 
Notas:
• Los Hidrocarburos tienen fecha límite de presentación y pago a más tardar los jueves de cada semana.
• Las operaciones financieras se presentan y ​pagan los viernes de cada semana. 
Productos del tabaco
Cuando se trate de cigarrillos que contengan tabaco, el monto del Impuesto Selectivo al Consumo específico a ser pagado por cajetilla de cigarrillos, será establecido acorde a la siguiente tabla.
 
Cuando se trate de cigarrillos que contengan tabaco, el monto del Impuesto Selectivo al Consumo específico a ser pagado por cajetilla de cigarrillos, será establecido acorde a la siguiente tabla.

 

​​Código Arancelario ​
​​Descripción
​Monto específico
​​​ ​Monto específico cajetilla 20 unidades cigarrillos
​​2402.20.10​​De tabaco negro​55.09
​​​2402.20.20​​De tabaco rubio55.09
​​2402.90.00​​​Los demás​55.09
​ ​​Monto específico cajetilla 10 unidades cigarrillos
​​2402.20.30​​De tabaco negro​27.54
​2402.20.40​​De tabaco rubio​​27.54
​2402.90.00​Los demás​​27.54

Montos específicos aplicables para el cálculo correspondiente al período comprendido del 1ro de julio al 30 de septiembre del 2021.​​

Productos del Alcohol​
​Código arancelario
​Descripción
​Monto específico
​​22.03​Cerveza de Malta (excepto extracto de malta).​​651.21
22.04​Vino de uvas frescas, incluso encabezado, mosto de uva, excepto el de la partida 20.09.​​651.21
22.05

​Vermut y demás vinos de uvas frescas preparados con sustancias aromáticas.651.21
22.06​​Las demás bebidas fermentadas (por ejemplo, sidra, perada, aguamiel; mezclas de bebidas fermentadas y bebidas no alcohólicas, no expresadas ni comprendidas en otra parte.​​​​​​ 651.21 
22.07​Alcohol etílico sin desnaturalizar con un grado alcohólico ​volumétrico superior o igual al 80% vol.: alcohol etílico y aguardiente desnaturalizados, de cualquier graduación.651.21
22.08​Alcohol etílico sin desnaturalizar con un grado alcohólico volumétrico inferior al 80% vol., demás bebidas espirituosas, preparaciones alcohólicas compuestas del tipo de las utilizadas para la elaboración de bebidas​651.21
2208.20.30

2208.20.91

2208.20.92
Aguardiente de vino, de alta graduación alcohólica para la obtención de brandys.
 
Aguardiente de vino (por ejemplo: coñac y otros brandys de vino). 
 
Aguardiente de orujo de uva (por ejemplo «grappa»).​​​


 651.21 
2208.30.10


2208.30.20
2208.30.30


2208.30.90
Whisky de alta graduación alcohólica (por ejemplo: alcoholes de malta), para elaboración de mezclas ("blends") Whisky
 
lrish and Scotch Whisky.​
 
Whisky escocés en botella, de contenido neto inferior o igual a 700ml que no exceda en valor a una libra esterlina (1£)
 
Los demás Whisky.​




651.21

2208.40.11





2208.40.12





2208.40.1​9
Ron y demás aguardientes procedentes de la destilación, previa fermentación, de productos de la caña de azúcar en envase de contenido neto inferior o igual a 5 litros, con grado alcohólico vol. inferior o igual a 45°, incluso envejecido. 
 
Ron y demás aguardientes procedentes de la destilación, previa fermentación, de productos de la caña de azúcar en envases de contenido neto superior a 5 litros, con grado alcohólico vol. superior a 45° pero inferior o igual a 80° vol., envejecido. 
 
Los demás.​​





651.21
​​2208.50.00​Gin y Ginebra.​651.21
​2208.60.00​​Vodka651.21
2208.70.10
2208.70.20
2208.70.90
Licor de anís. 
 
Licor de cremas. 
 
Los demás licores​

651.21
​​
2208.90.10
 
 
2208.90.41
 
2208.90.42
 
2208.90.43
 
2208.90.49
 
2208.90.90​
Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico vol. Inferior a 80%.
 
De Ágave. 
 
De anís. 
 
De uva (por ejemplo: pisco). 
 
Los demás. 
 
Los demás.​





651.21​

Los montos específicos aplicables para el cálculo del Impuesto Selectivo al Consumo para el peri​odo comprendido del 1ro de julio al 30 de septiembre del 2021​.​​

​​​​Nota: en el caso de las destilerías, el Impuesto Selectivo al Consumo (10%) se determina incrementando el precio de lista del fabricante en un 30% antes de este impuesto, sin incluir bonificación o descuentos. ​
Notas:​
 
  • Cuando se trate de productos del alcohol, ​bebidas alcohólicas y cervezas, los mont​​​os del impuesto selectivo serán pagados por litro ​de alcohol (absoluto). ​
  • Los montos aplicados a los cigarrillos toman como referencia una inflación proyectada de 5%, si para alguno de los años del periodo de ajuste, la inflación publicada por el Banco Central fuese superior, el monto de impuestos será ajustado por la diferencia entre la inflación proyectada y la efectiva.
  • ​Los montos específicos para los productos de​l alcohol y del tabaco serán ajustados trimestralmente de acuerdo al índice de inflación publicado por el Banco Central. 
 
 

CONOZCA LO FUNDAMENTAL DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO (IPI): Extraído del portal de la DGII

 

Impuesto Patrimonio Inmobiliario (IPI)

​​​​​​​¿Qué es el imp​uesto al Patrimonio Inmobiliario?

Es un impuesto anual que se aplica sobre la suma total del patrimonio inmobiliario gravado que tienen registrados las personas físicas y Fideicomisos. 

¿Quiénes están sujetos al pago de este impuesto? 
  • Personas físicas y Fideicomisos 
Tasas a pagar 
  • Personas físicas: se aplica una tasa de 1% sobre el valor excedente de (RD$8,138,353.26) del patrimonio gravado. 
  • Fideicomisos: el 1% sobre el valor total  del patrimonio gravado.​

Este  impuesto se paga en dos (2) cuotas semestrales, siendo la fecha límite para el pago de la primera cuota el 11 de marzo y la segunda el 11 de septiembre de cada año.​ 

¿Qué es un patrimonio gravado? 
  • Los inmuebles que no gozan de ninguna exención y a la vez poseen un valor conjunto superior a (RD$8,138,353.26).
  • Para los fideicomisos cualquier inmueble que no goce de una exención independientemente de su valor. 
Fecha de Presentación y Pago 
La Declaración Jurada del Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) debe ser presentada durante los primeros sesenta (60) días del año.
 
El pago debe ser realizado en dos cuotas:
 
  • La primera cuota debe ser pagada el 11​ de marzo.
  • La segunda cuota debe ser pagada el 11 de septiembre. 
¿Cuáles inmuebles pueden ser alcanzados por este impuesto? 
  • Todas las viviendas.
  • Solares urbanos.
  • Inmuebles destinados a actividades comerciales, industriales y profesionales. 
Exenciones 
Se encuentran exentos del pago de este impuesto: 
  1. La vivienda (y el solar sobre el cual se encuentra edificada) perteneciente a personas mayores de 65 años de edad, siempre y este constituya el único patrimonio inmobiliario de su propietario.​
  2. Personas pensionistas y rentistas de fuente extranjera en un 50%.
  3. Los terrenos rurales.
  4. Mejoras de uso agropecuario ubicados sobre terrenos rurales.
  5. Inmuebles exentos por leyes especiales (ej. Ley 15​8-01). 
  6. Todos los inmuebles alcanzados, cuyo valor conjunto sea igual o inferior a RD$8,138,353.26.​

CONOZCA LO FUNDAMENTAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA: Extraído del portal de la DGII

 

Impuesto sobre la Renta

​​​¿Qué es el Impuesto sobre la Renta?

Es el impuesto que grava toda renta, ingreso, utilidad o beneficio, obtenido por personas físicas, sociedades y sucesiones indivisas, en un período fiscal determinado. Base Legal: Título II Ley 11-92 d/f 16/05/1992 y sus modificaciones.

¿Quiénes pagan este impuesto? 
Toda persona natural o jurídica residente en la República Dominicana y las sucesiones indivisas de causantes con domicilio en el país, pagará el impuesto sobre sus rentas de fuente dominicana, y de fuentes fuera de la República Dominicana provenientes de inversiones y ganancias financieras. 
Agentes de Retención 
Son agentes de retención las entidades públicas, comerciales, sociedades y otras, que por mandato de la Ley, deberán descontar del monto a pagar a las personas físicas o naturales y sucesiones indivisas, la cantidad del impuesto correspondiente, debiendo entregarlo a la administración tributaria dentro del plazo establecido.
 
La fecha límite para presentación y pago de este impuesto es dentro de los diez (10) días después del cierre del período declarado. 
¿Quiénes están exentos del ISR? 
Entre otras, están exentas las rentas del Estado, del Distrito Nacional, municipios, distritos municipales, cámaras de comercio y producción, instituciones religiosas, entidades civiles de asistencia social, caridad, beneficencia, centros sociales, literarios, artísticos, políticos, gremiales, científicos y asociaciones deportivas, siempre y cuando estas asociaciones no persigan fines de lucro. 
Tasa del impuesto 
L​a tasa del Impuesto Sobre la Renta que deben pagar las Personas Jurídicas es de un 27%.
 
Las personas naturales residentes o domiciliadas en el país pagarán sobre la renta neta gravable del ejercicio fiscal, las sumas que resulten de aplicar en forma progresiva la siguiente escala correspondiente a: 
Escala retención asalariados 2021​
​Escala anual
​Tasa
​Rentas hasta RD$416,220.00​​Exent​o
​Rentas desde RD$416,220.01 hasta RD$624,329.00​15% del excedente de RD$416,220.01
​Rentas desde RD$624,329.01 hasta RD$867,123.00​RD$31,216.00 más el 20% del excedente de RD$624,329.01
​Rentas desde  RD$867,123.01 en adelante​RD$79,776.00 más el 25% del excedente de RD$867,123.01
​​​​​​
 
Fecha de presentación y pago 

Persona física

La fecha límite para la presentación y pago de la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta para Personas Físicas IR-1 es hasta el día 31 de marzo de cada año. Si la fecha límite de pago coincide con fines de semana o días feriados puede realizar el pago el próximo día laborable. 
Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2)  
La Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2) debe ser presentada a más tardar 120 días después de la​ fecha de cierre de la empresa tal y como se detalla a continuación: 
 
  • Fecha de cierre 31 de diciembre: 30​ de abril del 2021.​
  • Fecha de cierre al 31 de marzo: 29 de julio del 2021.
  • Fecha de cierre al 30 de junio: 28 de octubre del 2021.
  • Fecha de cierre 30 de septiembre: 28 de enero del 2022.
 
Consideraciones Importantes: El impuesto que resulte a pagar debe ser saldado en esa misma fecha. 
Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre los Activos (ACT). 
La Declaración Jurada del Impuesto a los Activos debe ser presentada en la misma fecha límite que la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el impuesto que resulte a pagar debe ser saldado en dos cuotas iguales, venciendo la primera en la misma fecha límite fijada para el pago del ISR y la segunda en un plazo de seis (6) meses contados a partir del vencimiento de la primera cuota, como se muestra a continuación:
 
Primera Cuota: 
 
  • Fecha de cierre 31 de diciembre: a más tardar el 30 de abril del 2021.​
  • Fecha de cierre al 31 de marzo: a más tardar el 29 de julio del 2021.
  • Fecha de cierre al 30 de junio: a más tar​dar el 28 de octubre del 2021.
  • Fecha de cierre 30 de septiembre: a más tardar el 28 de enero del 2022.  
Segunda Cuota: 
 
  • Fecha de cierre 31 de marzo: a más tardar el 29 de enero del 2021.​
  • Fecha de cierre al 30 de junio: a más tardar el 28 de abril del 2021.
  • Fecha de cierre al 30 de septiembre: a más tardar el 28 de julio del 2021.
  • Fecha de cierre 31 de diciembre: a más tardar el 1 de noviembre 2021. 
Nota: Cuando la Administración Tributaria prorrogue la fecha de presentación y pago del Impuesto Sobre la Renta, automáticamente se considerará prorrogado este impuesto por igual plazo.

CONOZCA LO FUNDAMENTAL SOBRE EL ITBIS: Extraído del portal de la DGII

Principales Impuestos

​​​​​​​​​​​​Los Impuestos son obligaciones unilaterales dispuestas por una ley, cuyo cumplimiento no origina una retribución directa a favor del contribuyente por parte del Estado, sino que mediante acciones del mismo, recae de una forma u otra en beneficio general. ​
Las tasas son tributos establecidos por la ley, cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva de un servicio público individualizado en el contribuyente.​

ITBIS

​​​​​​¿Qué es el ITBIS?
Es un impuesto general al consumo tipo valor agregado que se aplica a la transferencia e importación de bienes industrializados, así como a la prestación de servicios. En otros países este impuesto es llamado Impuesto al Valor Agregado (IVA). 
¿Quiénes pagan este impuesto? 
Las personas físicas (profesionales liberales, negocios de único dueño) y personas jurídicas (SRL, EIRL y no lucrativas privadas), nacionales o extranjeras que realicen transferencias, importaciones o prestación de servicios gravados.
 
Las empresas públicas y privadas que realicen o no actividades gravadas, y estén en la obligación de realizar retenciones al ITBIS involucrado en los servicios que les son prestados por personas físicas, así como cuando paguen las prestaciones de servicios profesionales liberales y de alquiler de bienes muebles a otras sociedades con carácter lucrativo o no.  
¿Hay alguna exención para el pago de este impuesto?

Bienes y productos exentos​​:

  • Animales vivos.
  • Carnes frescas, refrigeradas y congeladas.
  • Pescado de consumo popular o reproducción.
  • Lácteos (excepto yogurt y mantequilla).
  • Leche y miel.
  • Otros productos de origen animal.
  • Plantas para siembra.
  • Legumbres, hortalizas, tubérculos sin procesar de consumo masivo.
  • Frutas sin procesar, de consumo masivo.
  • Café sin tostar, sin descafeinar, cáscara y cascarilla de café.
  • Cereales, harinas, granos trabajados.
  • Productos de molinería.
  • Semillas oleaginosas y otras semillas (para grasas, siembra o alimentos animales).
  • Embutidos.
  • Cacao en grano, entero o partido, crudo o tostado.
  • Cáscara, películas y demás residuos de cacao. 
Se encuentran exentos del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), los siguientes servicios: 
  • Servicios financieros, incluyendo seguros.
  • Servicios de planes de pensiones y jubilaciones.
  • Servicios de transporte terrestre de personas y de carga.
  • Servicios de electricidad, agua y recogida de basura.
  • Servicios de alquiler de viviendas.
  • Servicios de salud.
  • Servicios educativos y culturales.
  • Servicios funerarios.
  • Servicios de salones de belleza y peluquerías. 
Consideraciones Importantes 
Los gimnasios están considerados como servicios preventivos de salud y por tanto exentos de la aplicación y pago del ITBIS.
Los servicios odontológicos también son considerados como servicios de salud y por tanto están exentos de la aplicación y pago del ITBIS.
 
Se consideran servicios funerarios los pagos por servicios de traslado, preparación, velatorio, enterramiento y exhumación del fallecido, así como las ceremonias religiosas, incluyendo el suministro de ataúdes.
 
No se considera vivienda y por tanto queda gravado el alquiler de fincas, terrenos, industrias, barcos, aviones, villas, apartamentos turísticos, locales o estructuras físicas para el uso distinto de viviendas, tales como locales comerciales o naves industriales, incluyendo lugares donde operan comercios, negocios, oficinas, consultorios, hospitales, colegios, centros educativos o de recreación, hoteles, aparta-hoteles, moteles y otras estructuras que no sean viviendas.
 
Los espectáculos artísticos, ya sean clásicos o populares y las presentaciones de artistas, músicos, obras teatrales, ballets y títeres se encuentran exentos del ITBIS en virtud del Decreto 274-01, artículo 2.
Tasa del Impuesto
 
En cumplimiento con lo establecido en los párrafos I y II del art. 23 de la Ley 253-12, se informa a los contribuyentes que la tasa del ITBIS a aplicar a las transferencia de bienes gravadas y/o prestación de servicios a partir del 2016 será del 18%. 
Fecha de presentación y pago

La declaración y pago de este impuesto deberá realizarse en el transcurso de los primeros 20 días del mes siguiente al período declarado (por ej.: el mes de enero debe presentarse y pagarse antes del 20 de febrero). En la importación se paga conjuntamente con los aranceles o impuestos aduaneros.

¿Qué pasa si pago después de la fecha establecida? 
Si paga después de la fecha límite se le aplicará un 10% de recargo por mora sobre el valor del impuesto por el primer mes o fracción de mes, y un 4% progresivo e indefinido por cada mes o fracción de mes subsiguiente, además de un 1.10% acumulativo de interés indemnizatorio por cada mes o fracción de mes.
 
Nota: El incumplimiento de los deberes formales, tales como la no presentación de la Declaración Jurada, suministrar información falsa o inexacta, entre otros, se penaliza con multas de cinco (5) a treinta (30) salarios mínimos.
 
 

10 septiembre 2021

CONTADORES ACTUALIZADOS! Ventajas de la contabilidad y facturación en la nube. 10 beneficios de los softwares en la nube

Tomado de https://www2.deloitte.com/

10 beneficios de los softwares en la nube
La contabilidad es una función imprescindible en cualquier empresa. La falta de preparación, seguimiento y control de las diferentes partidas contables y libros obligatorios, puede acarrear sanciones por parte de Hacienda y generar desconocimiento sobre la salud financiera de tu negocio.

Guardar para más adelante
Detallar toda la actividad económica de una empresa de forma manual, volcando cada movimiento en su correspondiente libro de registro, es una tarea tediosa, poco práctica y que suele llevar a errores en el cumplimiento de los requerimientos legales y tributarios. Esto, unido a la inmediatez de los nuevos procedimientos para enviar información a la Agencia Tributaria, hacen casi imprescindible la utilización de un software contable y de facturación para la gestión de tu empresa.

Ahora bien, ¿software contable on-premise o en la nube? Los primeros son aquellos que se instalan en los equipos de las organizaciones, para lo cual es necesario una infraestructura tecnológica donde alojar toda la información. Dicha instalación local requiere de una supervisión experta, un mantenimiento, un sistema de seguridad y en ocasiones un hardware adicional. Además, el acceso a estos sistemas internos está limitado y sujeto a permisos para conectarse en remoto.

Tradicionalmente, este modelo on-premise ha sido uno de los más extendidos, principalmente entre grandes empresas, ya que era considerado el método más seguro y con el que se ejercía un mayor control sobre la información. Sin embargo, los continuos avances en los sistemas cloud en materia de seguridad y aumento de la productividad, han hecho que muchas organizaciones migren a un software de contabilidad y facturación en la nube, desestimando la gran inversión inicial y de mantenimiento que conlleva tenerlo alojado en las instalaciones corporativas y evitando las restricciones en materia de movilidad y accesibildiad que ello impone.

Por su parte, los softwares financieros en la nube son aquellos que te permiten almacenar, acceder y gestionar tus aplicaciones a través de internet, eliminando la necesidad de usar un hard drive instalado en tu ordenador o un servidor local. Estos programas en la nube están suponiendo una autentica revolución en el sector por su gran versatilidad y sus numerosos beneficios.

10 beneficios de un software contable y de facturación en la nube
Mayor accesibilidad. Podrás acceder a toda la información financiera de tu empresa desde cualquier lugar y dispositivo, sin necesidad de estar limitado a un espacio físico o estar conectado en remoto.

Seguridad. Los avances en los sistemas de seguridad en la nube hacen que apenas haya diferencias significantes frente a un software on-premise. Además, estarás protegido ante un posible fallo de los servidores locales o ante un desastre en el edificio donde se alojan. Los costes corren a cargo del proveedor, quien además se encargará de hacer las copias de seguridad periódicas.

Actualizaciones de software. Muchas organizaciones que utilizan una modalidad on-premise optan por no actualizar la versión de su software debido al trabajo que ello conlleva, especialmente como consecuencia de las personalizaciones, la configuración y las preferencias internas. En este sentido, los sistemas en la nube se mantienen constantemente actualizados, de forma simultanea para todas las soluciones y siempre a cargo del proveedor.

Facilidad de implantación. Los softwares cloud reducen los tiempos de instalación y abaratan los costes asociados. Además, ofrecen una mayor compatibilidad con el resto de sistemas de las organizaciones.

Se reducen los gastos de instalación y mantenimiento. Los sistemas on-premise suponen una fuerte inversión inicial en infraestructura tecnológica, licencias de software, integraciones y la contratación de perfiles especializados para su instalación y mantenimiento. Por su parte, los gastos iniciales de un software de contabilidad en la nube son mucho más bajos y es el proveedor quien se encarga de la mayor parte de la instalación y del mantenimiento del mismo.

Visualización en tiempo real de la información financiera de tu negocio. Los programas financieros en la nube te permitirán personalizar y visualizar tus principales indicadores de rendimiento en tiempo real y a través de dispositivos móviles, lo que te permitirá agilizar y mejorar la toma de decisiones.

Mayor adaptación y actualizaciones más rápidas a los cambios normativos. Los softwares contables en la nube incorporan funcionalidades para adaptarse a los cambios normativos, tales como el Suministro Inmediato de Información.

Ahorro de tiempo y reducción de errores. Con un software de contabilidad en la nube podrás acceder a todo tipo de informes de manera automática. La utilización de workflows y la automatización de acciones supone la introducción de controles y la reducción de errores humanos en el área contable.

Espacio colaborativo virtual. Algunas soluciones en la nube ponen además a tu disposición un espacio para favorecer la interacción entre el cliente y el equipo asesor y compartir procesos y flujos de trabajo, facilitando la resolución de problemas y el intercambio seguro de información.

Todo en una misma plataforma. Gestiona tus ventas, compras, cobros, pagos, inventario, contabilidad, impuestos y consolidación, entre otras funcionalidades, desde un único lugar.
Si estás buscando un software de contabilidad y facturación en la nube, descubre Business Digital Hub. Nuestros expertos te formarán para que puedas sacar el máximo partido a la herramienta y hacer crecer tu negocio.

08 septiembre 2021

EXCELENTE PONENCIA! Gonzalo Alonso dibuja un futuro inmediato impactante en Claro Meetup

Por Alfonso Quiñones -https://notaclave.com/

Gonzalo Alonso, un expositor brillante con ideas impactantes sobre el presente y el futuro. El experto mexicano Gonzalo Alonso, es un charlista internacional que fue el plato fuerte de Claro Meetup.

APRENDERLO TODO! Cómo llevar la contabilidad de su panadería o repostería

Pastelería One /Tomado de https://proingra.com/

Sin importar el tamaño de su negocio, grande, mediano o pequeño, llevar un control contable de las operaciones comerciales es fundamental para promover la toma de decisiones acertadas y poner en marcha acciones de mejora.

Cuando se desconoce la información financiera, no se tiene una visión clara y objetiva sobre la estabilidad y solvencia de una compañía, y por ende, se desconoce su rentabilidad (si está generando ganancias o pérdidas). Todo esto impide medir la trayectoria financiera y determinar estrategias con visión hacia el futuro.

¿Por qué es importante un buen manejo de las finanzas?
El buen manejo de las finanzas es un requisito básico para formalizar un negocio. No es posible determinar el éxito de una panadería o pastelería, si no se lleva un control sobre su facturación, flujo de dinero, impuestos, entre otros.

Entendemos que la contabilidad puede ser tediosa si se desconoce cómo llevarla; sin embargo, tener una contabilidad adecuada vale la pena, pues cuanto más completos y precisos sean los registros, mayor facilidad habrá para analizar las tendencias comerciales y obtener información clave para mejorar. Adicionalmente, una buena contabilidad facilita la administración de los pagos de impuestos y devoluciones.

Cabe resaltar que realizar la contabilidad de su panadería o pastelería -o de cualquier negocio- permite llevar un control preciso de los ingresos y egresos. Así mismo, a mediano y largo plazo, permite planear estrategias de crecimiento basadas en los ingresos o en las inversiones que se vayan consolidando.

7 beneficios de llevar correctamente la contabilidad de su negocio
Saber los ingresos del negocio: llevar una buena contabilidad permite identificar el estado real de las ventas diarias.


Conocer los gastos u obligaciones del negocio (egresos), tales como compras a proveedores, salarios de los empleados, arriendo y servicios públicos, entre otros.


Realizar el balance general entre ingresos y egresos: facilitará Saber los ingresos del negocio conocer la situación financiera del negocio.


Administrar correctamente el inventario de productos e insumos que tiene en su negocio.


Controlar los gastos del personal y servicios que son necesarios para la operación del negocio.


Prever imprevistos financieros que se presenten durante la operación del negocio.


Optimizar el uso de materias primas y recursos necesarios para la producción de sus productos.


Consejos para llevar una contabilidad adecuada
Mientras algunos negocios prefieren llevar la contabilidad de manera tradicional, es decir, en cuadernos o carpetas, otros prefieren utilizar plataformas o sistemas especializados que procesan y articulan la información contable y fiscal del negocio, manteniendo los datos actualizados en todo momento. ¿Cómo llevar su contabilidad? Siga leyendo…

Para llevar correctamente la contabilidad de su panadería o pastelería, es necesario contar con un profesional que asesore su negocio; sin embargo, si no cuenta con los recursos suficientes para contratar un contador, a continuación le mostraremos consejos útiles para cuidar sus finanzas sin invertir mucho dinero:

Digitalizar las operaciones contables: adquirir un software contable ayuda a reducir errores en la introducción de datos de ventas, ingresos, inventarios y gastos. De igual manera, permite consolidar la información en un solo sistema que se puede consultar en cualquier lugar y momento, sin temor a perder la información, pues todos los datos se almacenan en la nube.


Organizar las facturas según su tipo: tener las facturas en orden facilita su consulta (sea por fecha o número) y sirve para tener un mejor control de las ventas y de los gastos. Sin embargo, además de un registro físico, se recomienda digitalizar las facturas con el fin de tener perdurabilidad del registro.


Revisar la exactitud de la información: la información debe coincidir con el dinero de los ingresos y egresos en las cuentas de la panadería o pastelería. Revisar esta información de manera constante facilitará, tanto la detección de errores a tiempo, como la declaración de impuestos ante la DIAN al final de cada periodo fiscal.


Registrar los pagos de nómina: administrar la nómina y registrar los pagos de salarios, permite llevar un mejor control del negocio. En este punto es importante mencionar que también se deben registrar las retenciones de seguridad social en los tiempos establecidos.


Llevar una contabilidad diaria: registrar todos sus ingresos y egresos de manera diaria, comparando al final de cada jornada los registros con el estado real del negocio, permite detectar a tiempo cualquier vacío o irregularidad.


Determinar un responsable para llevar la contabilidad: evite que su contabilidad sea llevada por varias personas, pues esto puede acarrear grandes confusiones e incluso pérdidas. Por esto, le recomendamos tener solo un encargado en caja y solo un encargado en registro de facturas entrantes y salientes.


Conocer las obligaciones fiscales: desconocer algunas obligaciones en materia de impuestos es uno de los principales problemas de los pequeños negocios. El problema es que el desconocimiento puede incurrir en multas e incluso en sanciones administrativas; por esto, es importante indagar e investigar acerca de los impuestos que se deben pagar, teniendo claro las fechas y los valores.


Adelantarse a los imprevistos: al llevar una contabilidad ordenada y precisa, no olvide incluir siempre recursos que le permitan minimizar los efectos de posibles imprevistos, tanto de su negocio, como del entorno.


Finalmente, revise los indicadores cada determinado tiempo, con el fin de conocer la situación del negocio y tomar decisiones correctas.

06 septiembre 2021

CONOZCA LOS ASPECTOS FUNDAMENTALES! Seguro de Riesgos Laborales en República Dominicana

Seguro de Riesgos Laborales

¿Qué es el seguro de Riesgos Laborales?

El seguro de riesgos laborales está destinado a la prevención y protección de accidente y/o enfermedades ocasionadas por su lugar de trabajo. Comprende toda lesión corporal y estado delicado que el trabajador sufra como consecuencia de su trabajo.

Riesgos que cubre el Seguro de Riesgos Laborales

El seguro de Riesgos Labores cubre toda lesión corporal o estado de gravedad sufrido durante el tiempo y en el lugar del trabajo;

Los accidentes de tránsito (AT) ocurridos a consecuencia de tareas encomendadas por el empleador, aún distintas a la profesión u ocupación del trabajador;

Accidentes en actos de salvamentos, cuando tengan conexión con el trabajo;

Accidentes de tránsito y en trayecto dentro de la ruta y horario de trabajo; y

Enfermedades profesionales cuya causa directa provenga de la profesión o el trabajo que realiza la persona.

Beneficios del Seguro de Riesgos Laborales.

Accidente en Trayecto

Es el accidente de tránsito que sufre el trabajador en su ruta habitual al trabajo y viceversa.

Para calificar un accidente en Trayecto como un accidente de trabajo y obtener el derecho a las prestaciones del Seguro de riesgos Laborales, debe reunirse las siguientes condiciones:

Que el accidente ocurra en la ruta y horario habitual hacia y desde el centro de trabajo, o viceversa, sin importar el medio de trasporte;
Que no haya interrupciones y/o desviaciones voluntarias evitables e innecesario que rompan el nexo causal, considerando como in-itinere los siguientes:

Domicilio-Trabajo-Domicilio;
Domicilio-Trabajo-Domicilio Secundario;
Trabajo-Trabajo;
Trabajo-Comedor –Trabajo;
Domicilio-Guardería/Colegio-Trabajo-Viceversa; y
Trabajo-Centro de Estudio. Siempre que el trabajador haya notificado al empleador que está estudiando y aporte los documentos probatorios

3. Que ocurra fuera del horario de entrada y salida por encomienda expresa del empleador.

Prestaciones del Seguro de Riesgos Laborales

Existen dos tipos de prestaciones, las prestaciones en especie y en dinero, las prestaciones en especies son todos los servicios médicos (Atención médica, quirúrgica, hospitalización, farmacéutica, servicios odontológicos y servicios de rehabilitación y prótesis, anteojos y aparatos ortopédicos junto a su reparación) que recibe la persona a consecuencia de una enfermedad o accidente laboral.

Las prestaciones en dinero son los beneficios que recibe el afiliado afectado tales como Subsidio por discapacidad temporal, indemnización por discapacidad, pensión por discapacidad; y pensión por sobrevivencia.

Procedimiento para obtener los beneficios en el Seguro de Riesgos Laborales

El empleador es quien debe tramitar la solicitud de los beneficios del SRL por ante la IDOPPRIL, depositando los siguientes documentos:

Llenar el formulario ATR-2 para accidentes laborales

Llenar el formulario EPR – 1 para enfermedades profesionales

Certificado médico original o historial clínico.

Fotocopia de cédula de identidad y electoral.

Si el afiliado tuvo un accidente en trayecto al trabajo o de camino a su casa debe de presentar acta policial

CRIPTOMONEDAS EN RD! Conoce los riesgos de las monedas virtuales

Tomado de https://www.popularenlinea.com/

​​La Constitución dominicana, en sus artículos 228 hasta el 230, así como el artículo 24 de la Ley Monetaria y Financiera, designa al Banco Central de la República Dominicana como único emisor de los billetes y monedas, “y establece la fuerza liberatoria del Peso Dominicano, atribuyéndole a esta moneda plenos efectos de curso legal para todas las obligaciones públicas y privadas en el territorio nacional".​

¿Qué es una criptomoneda o monedas virtuales?

Una criptomoneda o moneda digital es un formato de activos, el cual integra técnicas y códigos avanzados informáticos (criptografía) que hacen difícil su falsificación.

Quienes las usan ven ciertas ventajas, por el hecho de que las criptomonedas son descentralizadas, es decir, que no dependen de un sistema financiero formal, como los bancos. Esto permite que los usuarios puedan realizar operaciones libremente, sin supervisión y sin cumplir, en la mayoría de los casos, con los procedimientos normativos establecidos por los reguladores.

Por su naturaleza ofrece un alto nivel de confidencialidad en las transacciones, lo cual pudiera influir en la comisión de actos ilícitos. ​

Veamos algunas de las criptomonedas más utilizadas actualmente en el mercado:

Bitcoin: se intercambia a través de internet mediante un sistema criptográfico y que asegura las transacciones mediante la tecnología blockchain, algo así como un libro de contabilidad compartido que se guarda en varios ordenadores de diferentes ubicaciones.

Litecoin: es una criptomoneda anónima basada en una red P2P. El principio de la red P2P es que no hay ningún tipo de autoridad que regule la moneda, lo que la diferencia de las monedas tradicionales.

Primecoin: es una criptomoneda que implementa un sistema de prueba de trabajo que busca cadenas de números primos.

Namecoin : está basado en el mismo código de bitcoin con pequeñas modificaciones.

Ripple: se basa en la idea de una red de contabilidad distribuida que requiere que varias partes participen en la validación de transacciones, en lugar de una autoridad centralizada única.

Dogecoin: es una criptodivisa derivada de Litecoin , una de sus funciones más significativas es que se usa para realizar donaciones a ONGs y otros organismos sin ánimo de lucro.

Ethereum: funciona de manera descentralizada a través de una máquina virtual llamada Ethereum Virtual Machine (EVM), la cual ejecuta un código intermedio o bytecode el cual es una mezcla de LISP, ensamblador y bitcoin scriptDash.

Dash: anteriormente conocida como XCoin y Darkcoin, se sustenta en un sistema peer-to-peer de dos niveles conformado por los mineros, que aseguran la red y actualizan el registro de transacciones de la blockchain, y los nodos maestros.

¿QUÉ ESTABLECE EL BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA?
El 6 de julio de 2017 el Banco Central de la República Dominicana emitió un comunicado, en el que advierte sobre los riesgos que corren los ciudadanos y agentes económicos al utilizar como medios de pago monedas virtuales como bitcoin, litecoin y ethereum.

El Banco Central, como único emisor de los billetes y monedas en República Dominicana, hace una advertencia sobre este particular: “Los activos virtuales no son una moneda de curso legal y por consiguiente no gozan del respaldo del Estado, su efectividad o su uso como medio de pago en nuestra economía no pueden ser garantizados. Ninguna persona está en la obligación de aceptarlos como forma de pago de bienes o servicios prestados".

Con este comunicado se advierte a las entidades que conforman el sistema financiero, a los sectores económicos y al público en general sobre los riesgos asociados a este tipo de activos virtuales con la intención de usarlos como inversión o como medio de pago.

¿Qué cosas debes considerar antes de usar criptomonedas?

¿La inversión o el uso de la criptomoneda q​ue se promueve está respaldada por el Banco Central de ese país?
¿La tasa de conversión de la criptomoneda es estable o presenta una alta volatilidad?
¿La tecnología utilizada para el intercambio de la criptomoneda está avalada por una organización de buena reputación?
¿Conoce usted a la empresa o la persona con la que está intercambiando transacciones o inversiones?
Si tienes la respuesta a todas estas interrogantes, estarías mitigando el riesgo de ser estafado o ser utilizado como vehículo para el lavado de dinero o financiación del terrorismo.

Siempre debes conocer bienlos riesgos de cualquier instrumento en el que vayas a invertir y cuáles son las diferentes opciones para hacerlo, escogiendo la mejor para ti y tu perfil como inversor.​

Para aprender más sobre cómo estar seguro en el ámbito digital, te invitamos a repasar otros temas en nuestra sección de Pistas de Seguridad.

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CONTADORES DEBEN SABERLO! ¿Cuáles son los paraísos fiscales preferidos por los bancos europeos?

AFP/Bruselas, Bélgica/Listin Diario

A pesar de varios escándalos sobre la fiscalidad de las multinacionales, los bancos europeos no han reducido su presencia en los paraísos fiscales en los últimos años, según un estudio publicado el lunes.

Los principales bancos europeos registran cada año 20,000 millones de euros (23,700 millones de dólares) --es decir, el 14% de sus beneficios totales--, en 17 jurisdicciones fiscales especialmente favorables, según los cálculos del Observatorio Fiscal Europeo, un centro de investigación independiente con sede en la Escuela de Economía de París.

Este porcentaje se ha mantenido estable desde 2014, a pesar de varios escándalos que revelaron las dudosas prácticas de las multinacionales para evadir impuestos.

"A pesar de la creciente importancia de estas cuestiones en el debate público y en el mundo de la política, los bancos europeos no han reducido significativamente su uso de los paraísos fiscales", afirma el organismo, financiado por la Comisión Europea y dirigido por el economista francés Gabriel Zucman.

El Observatorio revisó los datos publicados por 36 instituciones financieras durante el periodo 2014-2020 e identificó 17 Estados y territorios como destinos preferidos, entre ellos las Bahamas, las Islas Vírgenes Británicas, las Islas Caimán, Jersey y Guernsey, Gibraltar, Hong Kong, Macao, Panamá y Luxemburgo.

Entre los grandes bancos, identifican a HSBC como el campeón de estas prácticas. Más del 62% de sus beneficios antes de impuestos se contabilizaron en paraísos fiscales entre 2018 y 2020, frente al 49,8% del italiano Monte dei Paschi (BMPS), que ocupa el segundo lugar.

Standard Chartered (29.8%) completa el podio y los alemanes Deutsche Bank y NordLB ocupan el cuarto y quinto lugar.

En 2014 el escándalo de LuxLeaks, al que le siguió el de los Papeles de Panamá, puso la evasión fiscal en primer plano. Desde entonces, se está negociando en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) un impuesto mínimo sobre los beneficios de las multinacionales.

02 septiembre 2021

CONOZCA SUS FORTALEZAS! ¿Por qué Estonia tiene el mejor sistema tributario del mundo?

Por Juan Ramón Rallo/https://blogs.elconfidencial.com/

¿Por qué Estonia tiene el mejor sistema tributario del mundo?

Ahora que el Gobierno quiere “acercarnos a Europa” en materia fiscal, bien podría acercarnos a uno de los países europeos más exitosos de los últimos 20 años: Estonia

Foto: La presidenta de Estonia, Kersti Kaljulaid, en una conferencia de prensa este martes. (Reuters)
La presidenta de Estonia, Kersti Kaljulaid, en una conferencia de prensa (Reuters)

Estonia es incuestionablemente un caso de éxito dentro de la Eurozona. A comienzos de este siglo, su renta per cápita era de 15.370 dólares internacionales, prácticamente la mitad de la de España (30.350) y un 40% inferior a la de Portugal y Grecia (que oscilaban entre 25.600 y 25.800 dólares internacionales). En la actualidad, la renta per cápita de Estonia se ha más que duplicado, hasta los 31.200 dólares internacionales, y supera en un 17% a la de Grecia, en un 7,5% a la de Portugal y solo se ubica un 12% por debajo de la de España.

Foto: Un robot educativo polaco en Varsovia, el pasado 28 de noviembre de 2017. (EFE)

Parte de este espectacular comportamiento de Estonia se debe a su sistema impositivo. Como nos ha recortado recientemente la Tax Foundation en su informe de 'Competitividad fiscal' de 2019, Estonia cuenta con el mejor sistema impositivo del mundo (y ya es el sexto año consecutivo que ocupa semejante posición), en esencia, por tres razones:

  1. Impuesto sobre sociedades: Estonia no solo grava con un 20% los beneficios generados por las empresas, sino que —mucho más importante— únicamente los grava cuando son distribuidos a sus accionistas y, por tanto, no cuando son reinvertidos internamente para incrementar la capacidad productiva de la compañía. Además, y precisamente porque los beneficios distribuidos ya han abonado el impuesto sobre sociedades, los dividendos distribuidos por las empresas a sus accionistas están exentos de tributar. Adicionalmente, y también muy a destacar, las empresas pueden compensar los impuestos adeudados sobre sus beneficios distribuidos en el presente tanto contra sus pérdidas pasadas (si la compañía experimentó pérdidas en el pasado, la positiva base imponible presente se compensa con la negativa base imponible pasada) como contra sus pérdidas futuras (si la compañía experimenta pérdidas en el futuro y pagó impuestos sobre sus beneficios en el pasado, se le reintegran los impuestos abonados hasta compensar las bases imponibles negativas).
  2. Impuesto sobre la renta: Estonia disfruta de un tipo impositivo único en el IRPF del 20%; es decir, todos los trabajadores del país abonan el mismo tipo impositivo nominal (que, además, es igual al tipo nominal de sociedades, reduciendo los incentivos a la simulación societaria). Esto no significa, empero, que todos los trabajadores abonen el mismo tipo efectivodado que existen deducciones y bonificaciones fiscales que benefician especialmente a las rentas más bajas. Por ejemplo, el tipo efectivo de un salario de 800 euros mensuales es de apenas el 5%; el de uno de 1.500 euros mensuales ya asciende al 11,1%, y solo a partir de 2.000 euros ya entramos en un tipo efectivo plano del 14,41%.
  3. Impuesto sobre bienes inmuebles: los impuestos sobre la propiedad suelen considerarse los que menos distorsionan el comportamiento de los agentes económicos, en tanto en cuanto estos no disponen de demasiado margen de maniobra para reaccionar (los bienes inmuebles no pueden abandonar el país). Sin embargo, cuando los impuestos sobre la propiedad gravan no solo el valor del suelo sino también el de las estructuras construidas sobre el suelo, sí existe un cierto margen de maniobra para reaccionar: en particular, los agentes pueden reducir su inversión en vivienda o en edificios empresariales. Conscientes de ello, el IBI de Estonia solo grava el valor del suelo, eximiendo consecuentemente del impuesto a la inversión en estructuras (residenciales y no residenciales) que se efectúen dentro del país.
El gobernador del Banco de Estonia, Ardo Hansson, en una conferencia. (Reuters)
El gobernador del Banco de Estonia, Ardo Hansson, en una conferencia. (Reuters)

La fiscalidad del impuesto sobre sociedades, de los dividendos y del IBI minimiza la penalización sobre la inversión empresarial, mientras que la tarifa plana en el impuesto sobre la renta minimiza la penalización sobre la inversión en capital humano. Es decir, Estonia es un territorio tributariamente amigable hacia el ahorro y la inversión: acaso por ello, la tasa de ahorro nacional ha promediado el 25,2% del PIB durante las últimas dos décadas, frente al 22,7% de Francia, el 21,6% de España, al 19,5% de Italia, el 14,7% de Portugal y el 12,4% de Grecia; y, a su vez, Estonia también ha disfrutado durante los últimos 20 años de una inversión interna muy superior a la de otros países europeos: del 29,2% del PIB, frente al 24,6% de España, el 22,5% de Francia, el 20,7% de Portugal, el 19,6% de Italia o el 18,8% de Grecia. Incluso Alemania, que ha contado con una tasa de ahorro interno mayor que la de Estonia (25,5% del PIB), palidece en términos de inversión frente al país báltico (20,1% del PIB). 

Más ahorro se ha traducido en más inversión y más inversión, en mayor crecimiento económico. Y no pensemos, además, que el diseño de su sistema impositivo implica necesariamente mermas recaudatorias —los ingresos públicos de Estonia son superiores a los de España: 40,1% del PIB frente a 38,8%— o dinámicas profundamente desigualitarias —el índice Gini de Estonia se ha reducido desde un valor de 36 en el año 2000 a uno de 30,6 en la actualidad, por debajo de Italia, España, Grecia, Portugal y Alemania—.

En definitiva, ahora que el Gobierno de PSOE-Podemos parece empeñado en modificar el sistema tributario español para “acercarnos a Europa”, bien podría acercarnos al sistema fiscal de uno de los países europeos más exitosos de las últimas dos décadas: Estonia.
 

ESTO ES PARATÍ! Las 7 ‘leyes de oro’ para atraer y ahorrar dinero

Tomado de https://intereconomia.com/

El escritor Fred Siegel ofrece siete leyes universales e imprescindibles para aquel que quiera moderar sus gastos y que nunca le falte el dinero.

Fred Siegel ha adaptado el clásico de la literatura financiera ‘El hombre más rico de Babilonia’ de George S. Clason a la realidad actual y obtiene como resultado siete leyes universales e imprescindibles para aquel que quiera moderar sus gastos.

1) Páguese a sí mismo
«Antes de comenzar a gastar, lo mejor que puede hacer uno es pagarse a sí mismo», escribe Siegel, quien aconseja convertir en hábito ahorrar el 10 por ciento del total de las ganancias mensuales, informa el portal finanzas.com. «Pronto se sentirá orgulloso de ese 10 por ciento ahorrado y apenas recordará en qué gasto ese otro 90 por ciento», afirma.

2) Establezca presupuestos para controlar sus gastos
Partiendo de la base de que todos los seres humanos tenemos necesidades ilimitadas pero recursos escasos. Siegel afirma que lo mejor es establecer un presupuesto de los gastos que de verdad son imprescindibles cada mes.

El autor sostiene que gracias a esto recortaremos los pequeños gastos y seremos conscientes de lo que supone realmente, por ejemplo, tomar un café a diario o comprar el periódico. En definitiva, el presupuesto actúa como un protector ante la tentación de gastar dinero.

3) Ponga su dinero a trabajar para usted
Esta ley se basa en que el retorno sobre el dinero le haga ganar aún más dinero. Siegel sostiene que la manera de ‘poner a trabajar el dinero’ depende de los intereses, la creatividad y la iniciativa de la persona y tiene formas variadas: desde iniciar un negocio en eBay hasta invertir en objetos de colección.

El autor afirma que aunque todas las formas de inversión supongan riesgos, cuando se halle la forma correcta de poner el dinero a trabajar por uno mismo se creará un importante flujo de riqueza.

4) Protéjase contra las pérdidas
Siegel indica que una vez que se tenga dinero ahorrado, es clave no dejarse llevar por la idea de hacer dinero rápido. Así, aconseja evitar las recomendaciones de aquellas personas que puedan insistirle en que realice alguna otra inversión. «No perder todo lo que se tiene es la clave para construir la riqueza», escribe.

5) Haga de su hogar una inversión rentable
Siegel explica que el dinero que destine a la vivienda de uno debe verse como una inversión. Así, unas reformas en la cocina deben ser concebidas como la oportunidad de poder dotarla de mejores electrodomésticos, lo que revaloriza la vivienda si se tiene la idea de venderla en un futuro.

6) Planee su jubilación
Siegel define el hecho de ahorrar dinero para la jubilación como una decisión inteligente desde dos puntos de vista: se generan recursos para el futuro de manera que el dinero aumenta y no se pagan impuestos hasta que ese dinero se retire.

7) Incremente su potencial de ganancias
Hay que apostar por el capital humano por las enormes posibilidades que genera. Siegel sostiene que el mejor activo que tienen las empresas es el conocimiento y las capacidades de los empleados y que, por tanto, quien desee ganar debe incrementar sus conocimientos y habilidades.

Para más información: El escritor Fred Siegel ha adaptado el clásico de la literatura financiera ‘El hombre más rico de Babilonia’ de George S. Clason a la realidad actual y obtiene como resultado siete leyes universales e imprescindibles para aquel que quiera moderar sus gastos y que nunca le falte el dinero.

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